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Bases para la adjudicación de casetas de la Feria y Fiestas de Lorca 2.010
26/05/2010




El Ayuntamiento de Lorca, con motivo de la Feria y Fiestas de Lorca 2010, que se va a celebrar desde el 17 al 26 del próximo mes de septiembre, hace pública la convocatoria para la adjudicación de las casetas de Feria con arreglo a las siguientes BASES:

PRIMERA:

1.- Los titulares de establecimientos denominados ?Café-Bar especiales con música? del término Municipal de Lorca a la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes y que quieran optar a una caseta o chiringuito dentro del Recinto Ferial del Huerto de la Rueda, de los dieciséis (16) que se van a instalar , en la zona denominada con anterioridad de ?Copas? cuya zona se podrá utilizar para la feria de mediodía y la de noche, siendo los beneficiarios de estas casetas los que tengan la responsabilidad de abrir sus establecimientos, tanto en la feria de mediodía como en la de la noche, dirigirán sus instancias al Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Lorca en el registro general del mismo, adjuntando un número de teléfono de contacto, el justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y acreditación de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y sociales el día de la presentación de la solicitud, así como las licencias correspondientes. Se adjuntará la licencia de apertura o, en su caso, la solicitud de la misma con una antelación mínima de 1 año a la aprobación de estas bases, mas seguro de responsabilidad civil.

2.- Las solicitudes irán acompañadas además del ingreso de 1.209,77 euros en concepto de ocupación y gastos por instalación y 520´20 euros en concepto de fianza (igual que el pasado año). Ésta última cantidad podrá no ser devuelta si alguno de los beneficiarios de estas casetas no cumplen estrictamente con las normas reflejadas en la presente convocatoria.

3.- De no justificar haber realizado los ingresos correspondientes, se tendrá por desestimada la solicitud y la adjudicación del sitio de ubicación y la caseta correspondiente pasará a la primera instancia reserva que se haya producido en la adjudicación o sorteo, y así sucesivamente.

4.- Por su especial relevancia e interés social, además de tratarse de entidades que han venido gestionando directamente sus chiringuitos en ferias anteriores, sin haber traspasado nunca su concesión, las Asociaciones que se relacionan a continuación tendrán derecho a instalarse en las casetas de obra existentes en el Huerto de la Rueda en la ubicación que en su momento se indique, reservándose seis (6) casetas o chiringuitos en lo que se denominó ?zona de tapas?, para las siguientes: Paso Encarnado, Paso Blanco, Paso Azul, Paso Morado, Coros y Danzas Virgen de las Huertas, Federación Festivo-Cultural San Clemente, por razones de interés general



5.-En el caso de que alguna de las anteriores quedara vacante por cualquier motivo, se abrirá un plazo para asociaciones sin ánimo de lucro, debiendo estar motivada su adjudicación por razones de interés cultural o general.


SEGUNDA:

1.- Los establecimientos denominados con anterioridad ?Café-bar, especiales con música? del termino municipal de Lorca, podrán presentarse al sorteo que se celebrará en el Centro Cultural de la ciudad.

2.- Se sortearan las instancias presentadas para seleccionar las 16 que se ofertan en la Zona denominada de Copas. En el caso de que alguno de los adjudicatarios de las 16 mencionadas hubiese sido adjudicatario en años anteriores, se le respetará, si lo desea, el especio ocupado en Ferias anteriores.


TERCERA:

Por la Mesa de selección constituida por los miembros que se enumeran mas adelante, se examinaran y valorarán todas las instancias quedando para el sorteo las que cumplan con todos los requisitos exigidos en estas bases, y las instancias que las cumplan aparecerán en el tablón de anuncios del Centro Cultural en las fechas que mas adelante se indican, así como también aparecerán en el tablón de anuncios aquellas instancias que quedan fuera del sorteo, por falta de documentación o alguna de las bases que se exigen para optar a un espacio en la Feria de Lorca 2010.


CUARTA:

La adjudicación de estos espacios y sus correspondientes casetas o chiringuitos será una temporada de Feria, prorrogable y si el Ayuntamiento lo considera oportuno, hasta un máximo de cuatro, siempre que se cumplan las bases de la presente convocatoria.


QUINTA:

El plazo de presentación de instancias para los propietarios de los establecimientos mencionados, será del 24 de mayo al 14 de junio de 2010.


SEXTA:

1.- Los establecimientos solicitantes se comprometen expresamente a no traspasar o ceder su caseta o chiringuito a otro titular distinto al solicitado en la instancia de presentación; si se incumpliese esta obligación se podrá cerrar la caseta o chiringuito por toda la duración de la Feria 2010, de oficio o por denuncia, sin que pueda reclamar al Ayuntamiento indemnización por daños o perjuicios por el cierre decretado, además de no poder presentarse para optar a caseta o chiringuito vacante en los dos años siguientes y con pérdida de las cantidades económicas abonadas.

Si se diera el caso de que algún establecimiento beneficiario tuviera que renunciar a una caseta que se le adjudique, no podrá en ningún caso traspasarla, sino que deberá comunicarlo al Ayuntamiento para que su espacio sea adjudicado a la entidad que se encuentre en lista de espera por el sorteo celebrado, habiendo quedado a partir del lugar 17 en adelante las instancias que sobrepasen las 16 ofertadas y en el orden que determine el sorteo, que la Mesa tendrá en cuenta y reflejará en el Acta del Sorteo.

SÉPTIMA:

El Excmo. Ayuntamiento de Lorca dotará a cada uno de los chiringuitos o casetas que se concedan de lo siguiente:

1) La propia caseta o chiringuito que contará con 100_metros cuadrados aproximadamente con todas las condiciones que exija la Ley para este tipo de montajes.

2) Un punto de acometida eléctrica, debiendo el beneficiario darse de alta a tal efecto en Iberdrola haciendo frente al pago del alta, baja y consumo. La máxima potencia en distribución trifásica por chiringuito será de 13´85 Kv. , debiendo ser obligatorio la utilización de un limitador de potencia de 20 A. que podrá ser precintado en caso necesario por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Lorca.

3) Toma de agua, haciéndose cargo el beneficiario del resto de la instalación.

4) Seguro de responsabilidad Civil.

5) Vigilancia nocturna. Horario. 21´00 a 8´00 horas.

6) Servicios generales para el uso público.

7) Sonido musical para todo el Recinto, con dos ambientes de música. Uno para la feria de mediodía con un volumen muy bajo, y uno destinada a la feria de noche, con la música apropiada así como el volumen, ambos pinchados por profesionales del medio.
8) El Sorteo, se celebrarán en el Centro Cultural de la Ciudad, estando la Mesa compuesta por: Presidente: el del la Corporación o Concejal Delegado de Feria, Secretario; El Secretario General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue; El Secretario-Interventor del Consejo Municipal de Cultura y Festejos; El Jefe de Servicio del Consejo Municipal de Cultura y Festejos; El Director del Consejo Municipal de Cultura y Festejos y el Coordinador de Festejos. A efectos de percepción de asistencias por los miembros de la Mesa del sorteo, se fijará la categoría 1ª de las establecidas en el RD. 236/988 de 4 de Marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y resolución de 2 de enero de 2002 de la Secretaría de Estado de presupuestos y gastos que establece el importe de los mismos, o en su caso, disposición posterior que modifican las anteriores. El resultado del sorteo se hará público insertándose en el tablón de anuncios del Centro Cultural de la Ciudad.

OCTAVA:

1) Los Responsables una vez efectuado el sorteo de las casetas y chiringuitos adjudicados, se comprometen a dejar el lugar de ubicación en idénticas condiciones en que se lo encontraron, a cumplir estrictamente las medidas preventivas que regulan las normas higiénico-sanitarias, observando medidas de higiene tanto en las casetas como en la elaboración y presentación de los alimentos y bebidas a consumir, así como el decoro y ornato del interior y exterior de cada caseta o chiringuito, con motivos propios feriales (farolillos, plantas etc.?), debiendo permanecer desde el primer día hasta el último de feria en unas condiciones dignas. La Comisión examinará cada caseta o chiringuito antes de la inauguración de la Feria 2010, valorando el decoro y ornato mencionados, motivo por el cual si se considera que alguno de los chiringuitos no es propio en su presentación para una feria como la de Lorca, se descartará para la apertura del mismo. No aparecerá en las barras de las casetas ningún tipo de publicidad. Obligatorio será también que aparezca en cada caseta o chiringuito el cartel anunciador de la empresa de hostelería que resulte beneficiada en el sorteo, no pudiendo aparecer ningún otro que no pertenezca a los beneficiarios de la adjudicación realizada. El incumplimiento de estas normas llevará aparejada la pérdida de la fianza depositada.

2) Para la información oportuna de las normas que rigen este tipo de montajes pueden dirigirse a la O.M.I.C. del Excmo. Ayuntamiento de Lorca.

3) Las personas que se encuentren en los distintos chiringuitos despachando comidas o bebidas, deberán estar en posesión del carné de manipulador de alimentos.

4) Por parte del Responsable de cada chiringuito se presentará al menos tres fotocopias compulsadas de tres carnés de manipulador de los que estarán en servicio durante la feria con la instancia de solicitud.

5) Las casetas abrirán desde el viernes, día 17 por la noche, hasta el domingo 26 de septiembre. A partir de las 13 horas, habrá música ambiental. Los viernes y sábados, hasta las 6 horas, y el resto de los días (de domingo a jueves), hasta las 4 horas. En el horario se tendrá presente que por parte del Ayuntamiento (motivos técnicos o de seguridad etc.), se tendrá que cortar la música ambiental para las pruebas técnicas de los equipos de sonido de artistas contratados para el Huerto de la Rueda, así como el tiempo de duración de la actuación correspondiente, también por cualquier otra incidencia que se pudiera presentar derivada de la Seguridad en el Huerto mencionado. Los cortes de Música serán en el horario que determine la Concejalía de Festejos, siempre dando la oportuna información al disjokey contratado para la Feria 2010, facilitándole a éste el tiempo que durará el corte mencionado, anunciándose el motivo por megafonía, dando de esta manera información a todos los beneficiarios de las casetas chiringuitos.

6) Los adjudicatarios de los chiringuitos, no podrán contratar actuaciones particulares en la caseta adjudicada. El incumplimiento de esta norma dará lugar al cierre del chiringuito y la pérdida del derecho a instalarse durante los siguientes dos años.

NOVENA:

Las bebidas deberán servirse en vasos de plástico, no pudiendo darse ningún tipo de botellín, ni cristal, estando los chiringuitos obligados a repartir las bebidas disponiendo de serpentinas y barriles, para la venta de cerveza, refrescos, etc.

DÉCIMA:

Las casetas dispondrán de una degustación diaria de productos típicos lorquinos obligatoria, y con un precio especial diferente a las demás tapas ofrecidas, es decir mas económica y con la misma calidad, que especificarán en una pizarra a la vista del público, junto con la lista de precios general, siendo ésta una norma fundamental y sancionable con pérdida de la fianza si no se cumple.

UNDÉCIMA:

Tanto los horarios de apertura y cierre, así como los productos que se sirvan en los distintos chiringuitos podrán ser variados en base a acuerdos posteriores de la Concejalía Responsable y los adjudicatarios finales de los casetas o chiringuitos.

DUODECINA

Queda totalmente prohibida la venta de alcohol a menores de 18 años, anuncio que tendrá que estar reflejado en las pizarras de los distintos chiringuitos junto con los precios correspondientes de tapas y bebidas. El incumplimiento de esta norma dará lugar al cierre por uno o varios días del chiringuito, e incluso por todo el tiempo que resta de feria y pérdida de la fianza depositada. Este tema será vigilado por parte de la Policía Local y vigilantes.

DECIMOTERCERA:

El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente convocatoria podrá dar lugar al cierre por uno o varios días, de la caseta o chiringuito, o incluso por la totalidad de la Feria, no pudiendo montarse en la misma durante los siguientes dos años, dependiendo de la gravedad de la infracción. Todo ello previos los informes correspondientes. Sin perjuicio de lo anterior, podrá tramitarse con posterioridad a la celebración de la feria expediente sancionador que podrá suponer la pérdida o incautación de la fianza depositada.

DECIMOCUARTA:

Se oferta como lugar para la instalación de casetas o chiringuitos de mediodía y de noche, el Recinto Ferial del Huerto de la Rueda, y el número máximo de éstas será de 16 casetas para establecimientos de hostelería, denominados ?Café-bar, especiales con música.? en la zona denominada en otras ocasiones como ?Zona de Copas?

DECIMOQUINTA:

El Plazo de presentación de instancias se realizará del 24 de mayo al 14 de junio del presente año.

El día 18 de junio de 2010, se presentarán la lista de admitidos en el tablón de anuncios del Centro Cultural de la Ciudad.

Del 21 al 24 de junio, queda establecido el plazo para presentación de reclamaciones en el Registro del Ayuntamiento.

El día 29 de junio de 2010, se celebrará sorteo de espacios a las 12´00 horas en el Centro Cultural de la Ciudad.

DECIMOSEXTA:

La presentación de solicitudes por parte de los interesados supone la plena aceptación de las presentes bases y la renuncia a exigir daños o perjuicios por cierre o clausura del establecimiento o perdida de la fianza por incumplimiento de presente bases, extremo que harán constar de forma expresa en la solicitud.




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