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BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN Y USO DE CASETAS PARA LA FERIA DE LORCA 2013
10/06/2013






- OBJETO:

La concesión de la instalación de las casetas que habrán de instalarse con motivo de la feria de Lorca, deberán ajustarse a las presentes condiciones, complementando las determinaciones de otras cualquiera ordenanzas municipales que fueran de aplicación y acuerdos municipales.

Las casetas, instaladas sobre terreno municipal tienen, por ello, carácter público. Su administración corresponde al Ayuntamiento y tienen como objetivo fundamental contribuir al realce y esplendor de la Feria de Lorca.
Con tal propósito, el Ayuntamiento, a través de la Concejalía de Festejos, como responsable de la planificación, gestión y ordenación del ferial velará por el cumplimiento de la normativa vigente.


- CARACTERÍSTICAS DE LA UBICACIÓN:

La ubicación de las casetas lo será en el Recinto Ferial del Huerto de la Rueda, de conformidad con la delimitación que tradicionalmente se viene llevando a cabo, diferenciando la denominada zona de ?tapas? de la denominada zona de ?copas?.

El número de casetas a instalar en la zona de ?tapas? lo será de 8, siendo el número de casetas en la zona ?copas? de 12.

Dentro de la zona de ?tapas?, y al igual que tradicionalmente se viene llevando a cabo, y por el reconocimiento del grado de implantación social y participación de los vecinos en las mismas, se reservan en dicha zona a las asociaciones y entidades que se relacionan y en los lugares que venían ocupando.

- Coros y Danzas de Lorca
- Coreos y danzas Virgen de las Huertas
- Hermandad de Labradores- Paso Azul
- Muy Ilustre Cabildo de Nuestra Señora La Virgen de la Amargura Paso Blanco
- Archicofradía del Santísimo Cristo de la Sangre- Paso Encarnado
- Cofradía del Santísimo Cristo del Perdón- Paso Morado
- Federación Festivo-Cultural San Clemente

Igualmente para la zona denominada de ?copas? y en reconocimiento de su colaboración en las ediciones anteriores, para el supuesto que se presenten los titulares de aquellos establecimientos que hubieran dispuesto de casetas en los dos años anteriores, se reservan los mismos emplazamientos para los referidos establecimientos.
Todo lo anterior en el entendimiento que cumplan los requisitos generales de las presentes bases.

En el caso de que alguna de dichas casetas ya reservadas quedara vacante, se procederá a su adjudicación entre los interesados que se hubieran presentado a la convocatoria.

-SOLICITUD DE CONCESIÓN:

Todas las personas físicas o jurídicas interesadas en la concesión de una caseta en el recinto ferial, deberán solicitarlo por escrito al Ayuntamiento mediante instancia que se entregará en el Registro Municipal desde el día 10 de Junio hasta el día 28 de Junio. En dicha instancia se indicará la zona (?tapas? o ?copas?) para la que se solicita. Junto al formulario se acompañará fotocopia del CIF o NIF del solicitante y en su caso, representante así como los decretos justificativos de los requisitos. Sólo se admitirá una solicitud por entidad o por local de negocio.

- REQUISITOS:

Será requisito indispensable para poder solicitar caseta en la zona ?tapas?, que la solicitud sea de un colectivo o asociación o entidad ciudadana, en el entendimiento que la feria de Lorca es un festejo popular por excelencia y en todo ello tienen mucho que ver las cofradías, asociaciones, peñas, clubes y entidades ciudadanas, sin ánimo de lucro, que con su esfuerzo, y al tiempo de ser un medio para conseguir recursos para su funcionamiento, colaboran en el mantenimiento y mejora de ésta y otras tradiciones populares.

Asimismo deberá acreditarse que se ha constituido formalmente, con al menos seis meses de antelación a la fecha de apertura de la convocatoria.

Presentar los documentos justificativos que acrediten el pago de concepto de ocupación y gastos de instalación y el pago de la fianza.

Acreditar que se está al corriente de cuantos pagos o impuestos deba realizar en razón del ejercicio de su actividad.

Estar al corriente de sus obligaciones económicas por la participación en ferias anteriores.

Declaración de que la explotación se hará directamente por los peticionarios y aceptando las presentes bases y restantes normas que rigen en relación con la feria.

Para la zona ?copas?, se podrá solicitar a los empresarios de hostelería, que estén dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, actividad hostelería, en el Término Municipal de Lorca, y contar con licencia municipal de apertura, a la fecha de presentación de solicitud dentro de las categorías de bar, café-bar o cafetería y que se encuentren en funcionamiento y abiertos al público.

Asimismo deberá acreditar que se está al corriente de cuantos pagos o impuestos deban realizar por ejercicio de su actividad.

Estar al corriente de sus obligaciones económicas por la participación en ferias anteriores.

Declaración de que la explotación se hará directamente por los peticionarios y aceptando las presentes bases y restantes normas que rigen la feria.

En caso, que alguna de las casetas quedara vacante, la Comisión se reserva la decisión de abrir dicho espacio a otros colectivos, asociaciones o entidades, sin perjuicio de que al tratarse de la zona denominada como ?copas? el uso será el mismo.


- COMISIÓN DE SELECCIÓN Y SEGUIMIENTO:

Estará integrada por la Concejal delegada de Festejos, Dña. Sandra Martínez Navarro, que la presidirá, y los funcionarios:

- D. Gines García Agüera, Jefe de Servicio de la Concejalía de Cultura, que actuará como Secretario de la Comisión.
- D. Jesús Jodar Manzano, Coordinador de Festejos.
- Pedro Martínez Marín, Jefe del Servicio Central de Urbanismo

La Comisión tendrá las competencias que se establecen en estas bases y velará por el cumplimiento íntegro, resolviendo las cuestiones que puedan surgir sobre interpretación, desarrollo y efectos de la aplicación de las mismas.


- PUBLICACIÓN DEL LISTADO PROVISIONAL DE SOLICITUDES:

Una vez comprobadas las solicitudes por la Comisión, por la misma se publicará el día 1 de Julio un listado provisional que se podrá consultar en la Concejalía y página web del Ayuntamiento. Los solicitantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, hasta el 5 de Julio, para hacer las alegaciones que estimen oportuno, y en su caso, aportar documentación requerida por la Comisión de Selección.

La presentación de dicha documentación se realizará en el Registro del Ayuntamiento sito en la Plaza de España 1.

- PUBLICACIÓN DEL LISTADO DEFINITIVO DE SOLICITUDES:

La Comisión procederá, previo estudio de las alegaciones presentadas, a publicar el listado definitivo de solicitudes en la Concejalía de Festejos y página web del Ayuntamiento el día 8 de Julio.


- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:

En primer lugar se procederá a la adjudicación de las solicitudes de la zona tapas, sorteándose la solicitud y posteriormente se sorteará el lugar correspondiente de la caseta, salvo aquellos titulares que hayan instalado su caseta en los dos años anteriores que conservarán el mismo emplazamiento.

El mismo procedimiento se seguirá en la adjudicación de las solicitudes de la zona copas.

Se procederá a publicar en la Concejalía de Festejos y página web municipal el resultado de la adjudicación el día 8 de Julio.


- PAGO POR DERECHOS DE OCUPACIÓN Y SEGURO:

En la solicitud se ha de incorporar los siguientes documentos :

- Los documentos justificativos del pago de de 1423.25 ? en concepto de ocupación y gastos de instalación, y 612 ? en concepto de fianza para atender las obligaciones derivadas de las presentes bases y de las que en general le corresponda como responsable de la caseta ferial. Si el peticionario no fuera adjudicatario de la caseta solicitada dicho importe será devuelto a la menor brevedad posible.

- Seguro de responsabilidad civil, mediante póliza de seguro por los sucesos que puedan ocurrir por la explotación de la caseta, por importe mínimo de 150.000? y recibo bancario de estar abonado y en vigor.






- OTRAS OBLIGACIONES:

PRIMERA: Los establecimientos solicitantes se comprometen expresamente a no traspasar o ceder su caseta o chiringuito a otro titular distinto al solicitado en la instancia de presentación; si se incumpliese esta obligación se podrá cerrar la caseta o chiringuito por toda la duración de la Feria 2013, de oficio o por denuncia, sin que pueda reclamar al Ayuntamiento indemnización por daños o perjuicios por el cierre decretado, además de no poder presentarse para optar a caseta o chiringuito vacante en los dos años siguientes y con pérdida de las cantidades económicas abonadas.

Si se diera el caso de que algún establecimiento beneficiario tuviera que renunciar a una caseta que se le adjudique, no podrá en ningún caso traspasarla, sino que deberá comunicarlo al Ayuntamiento para que su espacio sea adjudicado nuevamente, sea ocupado por el correspondiente de la lista de espera.

SEGUNDA: El Excmo. Ayuntamiento de Lorca dotará a cada uno de los chiringuitos o casetas que se concedan de lo siguiente:

1) La propia caseta o chiringuito que contará con 100 metros cuadrados aproximadamente con todas las condiciones que exija la Ley para este tipo de montajes.

2) Un punto de acometida eléctrica, debiendo el beneficiario darse de alta a tal efecto en Iberdrola haciendo frente al pago del alta, baja y consumo. La máxima potencia en distribución trifásica por chiringuito será de 13?85 Kv., debiendo ser obligatorio la utilización de un limitador de potencia de 20 A. que podrá ser precintado en caso necesario por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Lorca.

3) Toma de agua, haciéndose cargo el beneficiario del resto de la instalación.

4) Vigilancia nocturna. Horario. 21?00 a 8?00 horas.

5) Servicios generales para el uso público.

6) Sonido musical para todo el Recinto, con dos ambientes de música. Uno para la feria de mediodía con un volumen muy bajo, y uno destinada a la feria de noche, con la música apropiada así como el volumen, ambos pinchados por profesionales del medio.


TERCERA: Los responsables se comprometen a dejar el lugar de ubicación en idénticas condiciones en que se lo encontraron, a cumplir estrictamente las medidas preventivas que regulan las normas higiénico-sanitarias, observando medidas de higiene tanto en las casetas como en la elaboración y presentación de los alimentos y bebidas a consumir, así como el decoro y ornato del interior y exterior de cada caseta o chiringuito, con motivos propios feriales (farolillos, plantas etc.?), debiendo permanecer desde el primer día hasta el último de feria en unas condiciones dignas. La Comisión examinará cada caseta o chiringuito antes de la inauguración de la Feria 2013, valorando el decoro y ornato mencionados, motivo por el cual si se considera que alguno de los chiringuitos no es propio en su presentación para una feria como la de Lorca, se descartará para la apertura del mismo. No aparecerá en las barras de las casetas ningún tipo de publicidad. Obligatorio será también que aparezca en cada caseta o chiringuito el cartel anunciador de la empresa de hostelera que resulte beneficiada en el sorteo, no pudiendo aparecer ningún otro que no pertenezca a los beneficiarios de la adjudicación realizada. El incumplimiento de estas normas llevará aparejada la pérdida de la fianza depositada.

Para la información oportuna de las normas que rigen este tipo de montajes pueden dirigirse a la O.M.I.C. del Excmo. Ayuntamiento de Lorca.

Las personas que se encuentren en los distintos chiringuitos despachando comidas o bebidas, deberán estar en posesión del carné de manipulador de alimentos.

Las casetas abrirán desde el viernes, día 20 a las 20:00 horas, hasta el domingo 29 de septiembre. A partir de las 13 horas, habrá música ambiental. Los viernes y sábados, hasta las 06:00 horas, y el resto de los días (de domingo a jueves), hasta las 04:00 horas. En el horario se tendrá presente que por parte del Ayuntamiento (motivos técnicos o de seguridad etc.), se tendrá que cortar la música ambiental para las pruebas técnicas de los equipos de sonido de artistas contratados para el Huerto de la Rueda, así como el tiempo de duración de la actuación correspondiente, también por cualquier otra incidencia que se pudiera presentar derivada de la seguridad en el Huerto mencionado. Los cortes de música serán en el horario que determine la Concejalía de Festejos, siempre dando la oportuna información al disc-jockey contratado para la Feria 2013, facilitándole a éste el tiempo que durará el corte mencionado, anunciándose el motivo por megafonía, dando de esta manera información a todos los beneficiarios de las casetas chiringuitos.

Los adjudicatarios de los chiringuitos, no podrán contratar actuaciones particulares en la caseta adjudicada. El incumplimiento de esta norma dará lugar al cierre del chiringuito y la pérdida del derecho a instalarse durante los siguientes dos años.


CUARTA: Las bebidas deberán servirse en vasos de plástico, no pudiendo darse ningún tipo de botellín, ni cristal, estando los chiringuitos obligados a repartir las bebidas disponiendo de serpentinas y barriles, para la venta de cerveza, refrescos, etc.

QUINTA: Las casetas de tapas dispondrán de una degustación diaria de productos típicos lorquinos obligatoria, y con un precio especial diferente a las demás tapas ofrecidas, es decir más económica y con la misma calidad, que especificarán en una pizarra a la vista del público, junto con la lista de precios general, siendo ésta una norma fundamental y sancionable con pérdida de la fianza si no se cumple.

SEXTA: Tanto los horarios de apertura y cierre, así como los productos que se sirvan en los distintos chiringuitos podrán ser variados en base a acuerdos posteriores de la concejalía responsable y los adjudicatarios finales de las casetas o chiringuitos.


SÉPTIMA: Queda totalmente prohibida la venta de alcohol a menores de 18 años, anuncio que tendrá que estar reflejado en las pizarras de los distintos chiringuitos junto con los precios correspondientes de tapas y bebidas. El incumplimiento de esta norma dará lugar al cierre por uno o varios días del chiringuito, e incluso por todo el tiempo que resta de feria y pérdida de la fianza depositada. Este tema será vigilado por parte de la Policía Local y vigilantes.



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