El Ayuntamiento de Lorca gana la sentencia que desestima la solicitud de devolución de 900.000 euros relativos a un convenio urbanístico
El Juzgado Contencioso Administrativo número 5 de Murcia desestima la solicitud de devolución al entender que el Ayuntamiento de Lorca ha cumplido con sus obligaciones en materia de planeamiento y gestión.
3 de diciembre de 2020. El concejal de Hacienda y Régimen Interior del Ayuntamiento de Lorca, Isidro Abellán, ha anunciado la desestimación de la sentencia por la que se le requerían 900.000 euros al Consistorio.
Abellán ha anunciado que “el Ayuntamiento de Lorca ha ganado la sentencia por la cual no deberá llevar a cabo la devolución de los 900.000 euros relativos al convenio urbanístico del 28 de junio de 2002 firmado con la Mercantil Justo y Manoli S.L”.
El edil ha explicado que “el Juzgado Contencioso Administrativo número 5 de Murcia ha desestimado la solicitud de devolución de 900.000 euros relativos a los pagos efectuados por el convenio urbanístico con la Mercantil Justo y Manoli S.L al entender que el Ayuntamiento de Lorca ha cumplido con sus obligaciones en materia de planeamiento y gestión”.
Abellán Chicano ha indicado que “fue la entidad recurrente quien decidió no presentar las subsanaciones requeridas para la aprobación definitiva del Plan Parcial y, en base a ello, el Tribunal ha considerado que no existe incumplimiento del convenio, firmado el 28 de junio de 2002, y que no se tendrán que devolver los 900.000 euros reclamados en un principio”.
El concejal de Hacienda y Régimen Interior ha puesto de manifiesto “como se puede comprobar, no todas las sentencias finalizan en contra del Ayuntamiento, las actuaciones que cumplieron con los trámites administrativos suponen que los procedimientos judiciales finalicen demostrando quien hace una buena gestión municipal”.
Isidro Abellán ha insistido en “el excelente trabajo que han realizado y realizan los servicios jurídicos municipales que han vuelto a demostrar el cumplimiento, por parte del Consistorio, de los acuerdos de este convenio urbanístico” y ha recordado que “se trata de una sentencia no firme, por lo que la empresa podrá presentar un recurso de apelación, por lo que estamos a la espera de la sentencia firme que exima finalmente al Ayuntamiento de Lorca a la devolución de la dotación económica”.