En el caso de que se reiteren las infracciones en un futuro, se abrirá por parte del órgano competente un expediente sancionador, teniendo el responsable que hacer frente a una sanción económica
Desde su puesta en marcha, la UCP ha llevado a cabo 30 inspecciones en inmuebles, con sus correspondientes expedientes de comprobación de empadronamientos y de información previa
Durante el mes de septiembre, siete viviendas han sido inspeccionadas por la Policía Local
27 de septiembre de 2023. La Unidad de Control de Empadronamiento (UCP) en Lorca avanza con paso firme en su objetivo de detectar y combatir todas aquellas irregularidades cometidas por los ciudadanos en relación a sus obligaciones con respecto al Padrón Municipal.
Tras la reunión de trabajo habitual, mantenida ayer, y en la que participan de manera conjunta Urbanismo, Policía Local, Secretaría general y Estadística, los informes dejan claros estos progresos.
A día de hoy, la UCP ha llevado a cabo un total de 37 inspecciones en inmuebles, con sus correspondientes expedientes de comprobación de empadronamientos y de información previa por tratarse de domicilios con 8 o más personas empadronadas. Concretamente, en este mes de septiembre (a día de hoy) han sido siete las inspecciones realizadas en viviendas que presentaban sospechas de anomalías en el Padrón Municipal.
Asimismo, hasta la fecha, la Unidad ha generado la apertura de 9 expedientes de baja de oficio, esto es el reconocimiento de los órganos competentes de la irregularidad llevada a cabo.
“Cabe recordar que aquellas personas que incumplan sus obligaciones en relación al Padrón de habitantes se pueden enfrentar no sólo a un expediente de depuración, que supone el requerimiento para que justifiquen y regularicen su situación, sino que -si vuelven a incidir y a reiterar la infracción- pueden protagonizar un expediente sancionador y enfrentarse ‘entonces sí’ a sanciones económicas. Recordemos que estas están tipificadas como leves, graves y muy graves, yendo desde los 750 euros a los 3.000 euros” indicaba la edil de Control del Padrón, Belén Pérez.
“Las irregularidades más comunes se concentran en tres tipologías: viviendas sospechosas por obras y cambios de uso realizados; personas que están residiendo en un domicilio en el que no se encuentran empadronadas; y, por último, personas empadronadas pero que no residen en esa casa, para cuya regularización se citará al titular del contrato para que comparezca. En cualquier caso, el titular de la vivienda deberá adecuar los contratos a la realidad”, reseñaba Pérez.
En este sentido, hay que tener en cuenta que los requerimientos por parte de la UCP, en su órgano competente, pueden realizarse tanto a los propietarios como a los ciudadanos, teniendo -por su puesto- un plazo para ser contestados (10 días hábiles).
También hay un dato significativo extraído de los informes analizados y es en relación a la participación ciudadana: “el 20% de los avisos se ha llevado a cabo por parte de vecinos y particulares, que se han dirigido a los servicios municipales. Esto ha permitido a los efectivos conocer episodios de sospecha, pudiendo así estar al tanto y ejecutar las actuaciones pertinentes”.
Por esto “animamos a los lorquinos a que alerten sobre cualquier sospecha o falsedad. La participación ciudadana es esencial -y se suma al trabajo de los técnicos- en la lucha contra la infravivienda y la inclusión de aquellos que viven en esas circunstancias. El Ayuntamiento tiene una clara línea de actuación para desmontar el modelo de ciudad dormitorio que se ha extendido por algunos de los lugares del municipio, sin olvidarnos de las pedanías”, finalizaba la edil del Control del Padrón.
Sanciones leves, graves y muy graves
Se considera Infracción leve la instrucción de “dos” expedientes de baja, a una misma persona, por inscripción indebida por falta de veracidad en la acreditación de la vecindad en el domicilio; la cometida por el propietario o titular del contrato de arrendamiento que falten a la verdad en su declaración sobre el domicilio de otra persona. Las infracciones graves, por su parte, conllevan la instrucción de “tres” expedientes y las infracciones muy graves se impondrán a los que tramiten más de “cuatro” expedientes de baja, se inscriban indebidamente o haya falsedad documental del propietario y los moradores.
Las sanciones van desde los 750 euros a los 3.000 euros.