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El Ayuntamiento de Lorca y el Centro de Mediación suscriben un convenio de colaboración para la puesta en marcha de un nuevo servicio de entendimiento y mediación

Esta experiencia piloto será gratuita durante un año y se ubicará en la Casa de las ONGs, como una alternativa al proceso meramente judicial, por el que se busca la consecución de un acuerdo satisfactorio para partes en conflicto siempre que exista voluntad por ambas partes.

10 de febrero de 2014. Las Concejales de Sanidad y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Lorca, Antonia López y Mª del Carmen Ruiz, han presentado están mañana el nuevo servicio de mediación que se va a poner en marcha como experiencia piloto gratuita durante un año gracias al convenio de colaboración puesto en marcha con el Centro de Mediación de la Región de Murcia. El acto ha contado con la presencia de la Directora del Centro de Mediación regional, Urbania Rondón.

La Mediación es un proceso que, amparado en lo establecido en la Ley 5/2012, permite la prevención y resolución de desavenencias, disputas, conflictos y litigios, con rapidez y privacidad, siempre que exista voluntad por ambas partes y utilizando la ayuda de profesionales especializados que, manteniendo la neutralidad, ayudan a los intervinientes en los conflictos a llegar a un acuerdo ventajoso para ambos y cuyo contenido es decidido por las partes.

Desde mediados de los años ochenta se utiliza la Mediación como instrumento auxiliar y complementario de la Administración de justicia. Esta metodología, largamente experimentada en los países de tradición de Common Law, ofrece una mejor respuesta a los intereses en juego que subyacen en determinados tipos de conflictos, en los que las partes implicadas necesitan mantener una relación posterior viable y requieren de una metodología interdisciplinar, en especial cuando los aspectos legales son únicamente una parte del problema.

Para determinados litigios la Mediación ofrece soluciones más rentables, prácticas y efectivas que la metodología de controversia judicial clásica. Es especialmente útil en aquéllos que tienen componente internacional, tanto en el mundo de los negocios como en el de las relaciones interpersonales, familiares o sociales. A diferencia de la justicia institucionalizada, la Mediación no tiene como objetivo primario la determinación de las responsabilidades derivadas del conflicto, sino la construcción de nuevas relaciones capaces de generar soluciones superadoras. La clave es otorgar a las propias partes el poder de gestionar su crisis para que, fuera de estructuras formalizadas, identifiquen las soluciones más equitativas.

Para beneficiarse de este servicio, en las dependencias del Ayuntamiento de Lorca, cada organismo contará con un espacio informativo en donde habrá un cartel, folletos y fichas de solicitud de Mediación. La ficha de solicitud, también estará disponible en la Web del Ayuntamiento de Lorca y del Centro de Mediación desde donde se podrá descargar o enviar. El funcionario, Asociación, profesional, empresa o particular que, conociendo de un conflicto desee derivar a Mediación o sugerirla, hará de asegurarse de que el usuario complete una Ficha de Solicitud de Mediación. En todo caso se informará que las sesiones de Mediación se desarrollarán de forma gratuita. La ficha podrá ser entregada en las sedes de las Concejalías de Servicios Sociales, Sanidad y Consumo, en la Casa de las Oenegés o enviarlas al Centro de Mediación de la Región de Murcia. Las ventajas de la mediación son notables y variadas: rapidez, economía, flexibilidad, conciliación de intereses, preservación de las relaciones personales, búsqueda de soluciones adecuadas al caso concreto? No se trata de ganar o perder, sino de encontrar una solución, la más acorde con las circunstancias del caso particular.

A pesar de que la mediación es muy conocida y aplicada en otros países, con un alto grado de efectividad, la mediación puede resultar una institución completamente nueva para el ciudadano español. La transposición de la Directiva Comunitaria hizo necesario la promulgación de la Ley de Mediación Civil y Mercantil, vigente en España desde el año pasado, pionera en nuestro país, abre un nuevo mundo para la resolución de litigios mediante la figura del mediador, fomentando su funcionamiento y homologándola con efectos vinculantes.

Entre las características de la Mediación está que es voluntaria, confidencial y que los mediadores mantienen una actitud neutral e imparcial. Todo comienza con una reunión informativa donde las partes valoran la pertinencia de iniciar un proceso de Mediación. En esta reunión se les informa de la mediación, características, ventajas, del contenido de las sesiones, de sus efectos. Es una primera toma de contacto en la que se ofrece seguridad y confianza. Las ventajas de la mediación residen en su rapidez, ahorro económico, flexibilidad, conservación de las relaciones personales, eficacia y seguridad.

Pueden ser derivados a mediación diferentes asuntos tales como familiares, matrimoniales, contratos entre particulares, testamentos, impagos de créditos y deudas en general, herencias, comunidades de vecinos, arrendamiento de inmuebles, problemas entre consumidores y comercios, desacuerdos contractuales, morosidad, contratación de servicios, relaciones societarias, propiedad intelectual e industrial, construcción, seguros, transportes, inmobiliario?