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Los propietarios de inmuebles afectados por ruinas técnicas sin seguro o ruinas económicas ya pueden solicitar sus ayudas para el pago de actuaciones pendientes

Los propietarios de inmuebles afectados por ruinas técnicas sin seguro o ruinas económicas ya pueden solicitar sus ayudas para el pago de actuaciones pendientes

El BORM publica hoy la convocatoria de las subvenciones al efecto, que cuentan con un presupuesto general superior a los 2,1 millones de euros aportados por parte de la CARM a través de un convenio entre la Consejería de Obras Públicas y el Ayuntamiento.

13 de marzo de 2014. La Concejal de Gestión para la Recuperación tras los Terremotos del Ayuntamiento de Lorca, Satur Martínez, ha informado que ya se ha abierto el plazo para que los propietarios de edificios afectados por ruinas técnicas sin seguro y ruinas económicas declaradas o pendientes de serlo, entre el 05/09/2011 y el 11/12/2013, como consecuencia de los daños provocados por los terremotos de 2011 puedan acceder a la convocatoria de ayudas destinadas a sufragar el coste de las demoliciones y la limpieza de los solares, ejecutadas o pendientes de ejecución.

Satur Martínez ha explicado que esta convocatoria de ayudas tiene como objetivo fundamental contribuir al proceso de recuperación y gradual restablecimiento de la normalidad en la ciudad de Lorca articulando la puesta en marcha de subvenciones que permitirán no solo la demolición de inmuebles dañados por el sismo sino asegurar su reconstrucción. Los beneficiarios solicitarán la correspondiente licencia municipal de obras para la reconstrucción del inmueble derribado en el plazo máximo de 6 meses y asumen reconstruir sus edificaciones en un plazo de 24 meses, sin perjuicio de que por el órgano correspondiente de este Ayuntamiento pueda establecerse una ampliación de plazo en función de las circunstancias que conforme a la legislación específica resulte de aplicación. Los peticionarios tendrán que presentar al menos 3 presupuestos de diferentes empresas del sector para documentar de forma adecuada la valoración de la subvención a conceder. Las solicitudes se presentarán en la Oficina Única para la Reconstrucción de Lorca, sin perjuicio de que puedan ser presentadas en cualquiera de las oficinas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 (registro general del Ayuntamiento, ventanilla única?) Las solicitudes al efecto se pueden descargar desde la página del BORM o pueden recogerse presencialmente en la Oficina para la Reconstrucción.

La Edil de Gestión para la Recuperación tras los Terremotos ha destacado que para la concesión de estas ayudas se establece una bolsa general de 2.123.000,39 euros aportados por parte de la CARM a través de la Consejería de Obras Públicas, y de conformidad con la estimación económica prevista en el convenio suscrito al efecto entre la CARM y el Ayuntamiento de fecha 11/12/2013. Cabe recordar que dicho importe fue calculado teniendo en cuenta el estado en que se encontraban las solicitudes de ruina ya presentadas así como las que pudieran incorporarse hasta la fecha en que se rubrica el mencionado convenio. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el próximo 19 de abril. Una vez cerrado se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web.

Sobre el pago de las ayudas cabe señalar que en el caso de inmuebles ya demolidos a la fecha de solicitud del expediente, una vez concedida la correspondiente ayuda, se procederá al pago íntegro de la misma una vez quede acreditado que se ha solicitado la correspondiente licencia municipal de obras para la reconstrucción de la edificación derribada. En caso de tratarse de inmuebles no demolidos en dicha fecha, a la aprobación de la ayuda se procederá al pago de un 30% de la cuantía determinada en la misma y el resto hasta completar el total, una vez quede acreditado a través de certificado emitido por el técnico director de la obra que la demolición se ha hecho efectiva conforme a lo dispuesto en la correspondiente resolución municipal así como que se ha solicitado la preceptiva licencia de obras para la reconstrucción del edificio derribado. Todo ello, sin perjuicio de supervisión, en su caso, por los servicios técnicos municipales. Los inmuebles que se prevé que se beneficien de estas ayudas y que se van a derribar se quedan en 64 casas y 7 pequeños edificios.