El Ayuntamiento anima a los agricultores lorquinos afectados por los temporales de nieve y lluvia a beneficiarse de las ayudas estatales establecidas al efecto
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El plazo para poder acogerse al sistema de ayudas permanecerá abierto hasta el próximo 28 de marzo. Se trata del Real Decreto Ley de medidas urgentes para paliar los daños causados por los últimos temporales, publicado el pasado 29 de enero en el Boletín Oficial del Estado.
9 de marzo de 2017. El Concejal de Agricultura en el Ayuntamiento de Lorca, Ángel Meca, ha animado a los agricultores lorquinos a beneficiarse de las ayudas establecidas por parte del Gobierno de España para paliar los daños de los últimos temporales que afectaron a nuestra comarca, especialmente durante las jornadas que cerraban los meses de diciembre y enero.
Meca Ruzafa ha expuesto que el viernes 28 de enero de 2017, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto Ley de medidas urgentes para paliar los daños causados por los últimos temporales, que fue publicado el sábado, 29 de enero de 2017, en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Gracias al trabajo conjunto del Ayuntamiento con la CARM, se consiguió que este RD incluyera los daños causados por las nevadas del pasado enero entre las ayudas aprobadas. Para ello se amplió el periodo hasta el mes de enero,
El Edil de Agricultura ha indicado que se amplió también el plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas, que inicialmente concluía el pasado 23 de enero. Tras la publicación del Real Decreto Ley se consiguen dos meses más, es decir, hasta el próximo 28 de marzo. Se trata de una reivindicación conjunta formulada, entre otros, por el propio Consistorio lorquino. Se flexibilizan las justificaciones que acrediten la titularidad, bastando para ello con un recibo del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) u otros de naturaleza análoga.
El documento al efecto aprobado por parte del Consejo de Ministros contempla, además, ayudas destinadas a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas. En concreto, las que cuenten con póliza de seguros, tendrán derecho a indemnización incluso en los elementos afectos a la explotación que hayan sufrido daños aunque no sean asegurables (incluso caminos).
El Concejal de Agricultura ha detallado que entre las ayudas establecidas por el Gobierno de España en el mencionado RD cabe mencionar las siguientes:
• Ayudas por fallecimiento o incapacidad permanente: 18.000 €.
• Ayudas por destrucción o daños en enseres: hasta 2.580 €.
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Ayudas a establecimientos industriales, mercantiles, marítimo pesqueros, agrarios o de servicios: hasta 8.000 €.
• Ayudas a las personas físicas o jurídicas: importe total de los gastos
En cuanto a las ayudas por daños en las viviendas son las que se detallan a continuación:
• Por destrucción total: el coste de los daños con un máximo de 15.120 €.
• Por daños a la estructura: el 50% de los daños con un máximo de 10.320 €.
• Por otros daños: el 50% de los daños, con un máximo de 5.160 €.
• Por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50% de los daños, con un máximo de 8.000 €.
• Por destrucción o daños en los enseres de primera necesidad: 2.580 €.
Se financiará también por parte de los distintos ministerios los daños en infraestructuras municipales y en la red viaria de las diputaciones provinciales, en el dominio público hidráulico y en la costa, en la Red Nacional de Caminos Naturales, así como en las demás infraestructuras públicas y en explotaciones agrícolas y ganaderas.
Cabe señalar que será el denominado Fondo de Contingencia el que permitirá financiar las distintas ayudas de los ministerios implicados en la reparación de los daños, al margen de las correspondientes al Ministerio del Interior
Este RD dispone subvenciones para aquellas actuaciones inaplazables que se hayan llevado a cabo con el fin de garantizar la vida y seguridad de las personas y el funcionamiento de los servicios públicos esenciales (retirada de lodos y arenas y la limpieza de vías y entornos públicos, entre otras cuestiones).